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Las empleadas de hogar y trabajadores temporales podrán solicitar el subsidio por desempleo

El 4 de mayo de 2020, el Boletín Oficial del Estado (BOE), publicó la Resolución de 30 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se desarrolla el procedimiento para la tramitación de solicitudes de dos nuevas ayudas por desempleo para empleadas de hogar y para trabajadores con contrato temporal sin derecho a paro que se hayan quedado sin empleo (o sin parte de los empleos en caso de trabajadores del hogar) a causa del COVID19. El plazo para pedir la ayuda comenzó el pasado martes 5 de mayo.

Para el cobro del subsidio, se equipará a los trabajadores del hogar con cualquier otro trabajador afectado por un ERTE, y, en consecuencia, cobrarán un 70% de su base de cotización. Ese subsidio es compatible con otras actividades siempre que no se supere el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 950 euros al mes. Y, podrán solicitarlo los trabajadores del hogar dados de alta en la Seguridad Social antes de la declaración del estado de alarma (14 de marzo) y que hayan dejado de prestar servicios, total o parcialmente, con carácter temporal, para reducir el riesgo de contagio, por causas ajenas a su voluntad o que hayan sido despedidas por muerte del empleador o cualquier otra causa de fuerza mayor que imposibilite definitivamente la prestación del trabajo, así como trabajadores, que sin corresponder al servicio doméstico, que tuviesen tenido un contrato temporal sin derecho a paro y hayan quedado sin empleo.

El subsidio debe solicitarse a través del formulario disponible en la sede electrónica (SEPE) en la misma sede, o a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.

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