Buenas tardes, Mei, efectivamente si su amiga efectúa inversiones inmobiliarias en España por valor de 500.000€, puede obtener una autorización de residencia para inversores coloquialmente conocida como “Golden Visa”.. Esta autorización inicialmente le permitiría a su amiga y familia residir en España durante un año y si la inversión se mantiene la autorización se puede renovar por dos años, indefinidamente.
Recomendamos que dada la complejidad en la adquisición de inmuebles por ciudadanos extranjeros, la tramitación de la “Golden Visa”, se haga con abogados expertos. Nosotros prestamos una asesoría completa tanto en la adquisición de los inmuebles como en la tramitación de los visados y autorizaciones de residencia.
Buenos días, en la actualidad, la disposición adicional 18ª de la Ley 14 de 2013, de Apoyo a Los Emprendedores y su Internacionalización, otorga a personas como usted, que han finalizado estudios superiores (pregrado, máster o doctorado), en los 2 años anteriores, a solicitar una autorización de residencia para prácticas por un periodo máximo de 2 años. Esta solicitud se tramita con mucha celeridad, toda vez que Delegación de Gobierno tiene un plazo de 30 días para resolver el expediente y si no se resuelve en dicho plazo, la autorización se entenderá estimada por silencio administrativo. Si lo desea puede contactar con nosotros para asesorarle en el trámite.
Buenas tardes, Doña Svetlana, desde la entrada en vigor de la Ley 14 de 2013, de Apoyo a Los Emprendedores y su Internacionalización, los profesionales altamente cualificados como usted, con un título de M.B.A. en finanzas, pueden obtener una autorización de residencia y trabajo para trabajadores altamente cualificados. La solicitud debe hacerla la empresa interesada ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivo Estratégicos (Secretaría General de Inmigración y Emigración del Ministerio de Empleo y Seguridad Social). Una vez sea concedida la autorización, puede solicitar su correspondiente visado en el Consulado de España en San Petersburgo.
Le tenemos buenas noticias, desde el día 4 de septiembre de 2018, las autorizaciones de estancia por estudios pueden tramitarse en España, sin necesidad de que usted regrese a Chile para efectuar el trámite. Sin embargo, la solicitud tiene que hacerse en el plazo de 2 meses desde su llegada y cumplendo los requisitos de solvencia económica, seguro médico, certificado de penales y haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
Buenos días, dada la situación política y económica que vive actualmente Venezuela, la opción más recomendable para estar en España es solicitar asilo. Inicialmente sólo pueden residir y a partir del sexto mes reciben la tarjeta roja con autorización de trabajo. Esa trámite está tardando varios años y en caso de denegación, España está dando la autorización de residencia por razones humanitarias.
Buenos días, de conformidad con el artículo 2 del R.D. 240/2007, en principio es posible que usted pueda solicitar la Tarjeta de Residencia de Familiar Comunitario a su madre, demostrando que reside con usted, que ha estado a su cargo en el país de origen durante los 24 meses anteriores a trasladarse a España y que cuenta con un seguro de salud público o privado con las mismas coberturas de la Seguridad Social en España. Sin embargo, con la entrada en vigor del R.D. 987/2015 las oficinas de extranjería son cada vez más restrictivas en cuanto a ascendientes se trata, exigiendo además pruebas tales como que el ascendiente no tiene bienes o una pensión en origen o que es ínfima y que no cuenta con un cónyuge o con otros hijos o que se hagan cargo de él. O en caso contrario, demostrar fehacientemente que su madre padece motivos graves de salud o de discapacidad, que hacen estrictamente necesario que usted se haga cargo de su cuidado. Le recomendamos que se asesore antes de efectuar el trámite para asegurarse que cumple con todos los requisitos.
Buenos días, para contestar su pregunta necesitamos saber en dónde residen, ya que cada comunidad autónoma tienen sus propias normas en esta materia. Por ejemplo: en Madrid, uno de los 2 tiene que llevar un año empadronado en Madrid, aunque no lleven un año empadronados en el mismo domicilio, en las Islas Canarias no permiten parejas de hecho con una persona en situación irregular y si residen en Barcelona si es posible hacerlo aunque no cumplan los requisitos de Madrid o Canarias. Le recomendamos, concertar una cita con nosotros para poderle asesorar de acuerdo a su situación.
La respuesta a su pregunta depende que el motivo por el cual se traslada a Marruecos durante un año. De acuerdo con el artículo 14.3 del referido RD 240/2007, “la vigencia de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión caducará por las ausencias superiores a seis meses en un año. No obstante, dicha vigencia no se verá afectada por las ausencias de mayor duración del territorio español que se acredite sean debidas al cumplimiento de obligaciones militares o, que no se prolonguen más de doce meses consecutivos y sean debidas a motivos de gestación, parto, posparto, enfermedad grave, estudios, formación profesional, o traslados por razones de carácter profesional a otro Estado miembro o a un tercer país”.
Le recomendamos, que si su madre adquirió la nacionalidad española cuando usted era aún menor de edad, tramite su nacionalidad española por opción, tiene hasta los veinte años para hacerlo, cuando cumpla los veintiun años ya pierde ese derecho.
El 15 de octubre de 2015 entró en vigor, la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, que en su disposición final séptima regula el procedimiento para la obtención de la nacionalidad española por residencia. Desde esa fecha, se han incluido como requisitos para la obtención de la nacionalidad española por residencia la aprobación de los exámenes DELE (prueba de lengua española) y CCSE (prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España), exámenes que realiza el Instituto Cervantes y ya no se exige estar de alta trabajando por cuenta propia o ajena. Nuestro despacho puede asesorarle tanto en la preparación de estas pruebas como en la solicitud de su nacionalidad española por residencia.
Buenos días, dado que usted es ciudadana extra – comunitaria, no puede darle la residencia directamente a su marido. Sin embargo, si su marido lleva 3 años en España, él puede solicitar la autorización de residencia por arraigo social una oferta de trabajo, pueden eximirle de presentarlo si usted demuestra que trabaja o cuenta con los medios económicos para su sostenimiento. Tenga en cuenta que en este caso, a su marido sólo le concederían una autorización de residencia pero no de trabajo.
Buenos días, dado que usted además de italiana tiene la nacionalidad argentina, puede solicitar la nacionalidad española por residencia a los 2 años de residencia legal en España y además, no está obligada a presentar el examen de lengua española (DELE).
Buenos días, lamentamos informarle que con la legislación de extranjería actualmente vigente, es imposible que usted obtenga una autorización de residencia y trabajo en España para ocupar el cargo de camarero.
Para que un empleador pueda iniciar una solicitud de residencia y trabajo a un ciudadano extra – comunitario, la posición que le ofrezca debe estar en el “Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura” que publica trimestralmente el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), y en nuestra experiencia, la ocupación de camarero no se encuentra en este catálogo. Lo invitamos a explorar otros tipos de autorizaciones.
Buenos días, Carmen, efectivamente, dado que su padre tiene residencia de larga duración en España y reside aquí, usted puede obtener una autorización de residencia y trabajo si tiene una oferta laboral, cualquiera que sea la ocupación, ya que no tiene que cumplir la difícil cobertura. La solicitud debe hacerla el empleador en la oficina de extranjería correspondiente y una vez sea aprobada, usted puede tramitar el correspondiente visado y trasladar su domicilio con su familia. Suerte.
Buenos días, Manuel, siendo usted español, sus hijos menores de edad al momento en que usted obtuvo la nacionalidad española, pueden optar a es nacionalidad. Dado que el niño reside en Colombia con su madre, el trámite debe hacerse en el Consulado de España en Colombia. Ese trámite puede hacerlo un apoderado para que el niño y su madre no tengan que desplazarse a Bogotá, si no residen allí, donde contamos con profesionales expertos.
Buenos días, Liliana, si tanto usted como el padre de su hijo tienen nacionalidad Boliviana, pueden tramitar la nacionalidad española por valor de simple presunción de su bebé una vez nazca, para ello no deben registrarlo como boliviano porque si lo hacen ya tiene nacionalidad boliviana y no podría obtener la nacionalidad española por esa vía.
Una vez el bebé tenga la nacionalidad española, usted puede solicitar la autorización de residencia por arraigo familiar como progenitora de un niño español.
Es de aclarar, que no todos los bebés que nacen en España pueden tramitar la nacionalidad por valor de simple presunción, eso depende de la nacionalidad de sus progenitores.
Buenas tardes. pasado un año desde el inicio de la solicitud la nacionalidad se entiende denegada por silencio, es decir, por falta de respuesta por parte del Ministerio de Justicia y lo recomendable es presentar una demanda vs. el Ministerio de Justicia por denegación de nacionalidad ante la Audiencia Nacional. Una vez el Ministerio es notificado de la interposición de la demanda, normalmente proceden a la pronta resolución del expediente.