Si eres un extranjero extra-comunitario y deseas emprender un proyecto empresarial en España, puedes hacerlo a través de dos vías:
- Solicitando un visado si te encuentras fuera de España
- Solicitando una autorización de residencia como emprendedor, si te encuentras de forma legal en España
En ambos casos debes tener en cuenta que el proyecto empresarial debe ser de carácter innovador, tener especial interés económico para España y contar con el informe favorable emitido por la Oficina Económica y Comercial de la Oficina Consular española del país donde se solicita el visado o de la Dirección General de Comercio e Inversiones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, si te encuentras en España.
En el caso de solicitar una autorización de residencia como emprendedor, para obtener el informe es necesario elaborar un “Plan de Negocio”. Tanto la Oficina Consular como la Dirección General de Comercio e Inversiones valorarán fundamentalmente el impacto del proyecto empresarial en el interés general, ya sea en la creación de puestos de trabajo, en el impacto socioeconómico en la zona geográfica donde se va a desarrollar o en la aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
La validez de los permisos es:
- Visado de emprendedor: 1 año
- Autorización de residencia: 2 años
- Renovación de la autorización: 2 años
Es importante indicar que se pueden beneficiar del visado o de la autorización de residencia tanto el titular del proyecto como su cónyuge o pareja de hecho; sus hijos menores de edad o mayores que dependan económicamente del titular y los ascendientes a cargo.
Como despacho de abogados expertos en la tramitación de la autorización de residencia para emprendedores, te asesoramos y efectuamos todos los trámites, sin necesidad de que te desplaces a ningún sitio. Nuestro servicio comprende:
- Asesoramiento en la preparación de los documentos necesarios para la obtención favorable del informe de la Oficina Consular.
- Confección del Plan de Negocio.
- Solicitud del informe en la Oficina Económica y Comercial del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
- Una vez tenemos la certeza de que cumples los requisitos y de que tu documentación es la requerida, si te encuentras en España, procedemos a recoger los documentos en el lugar que nos indiques o, si lo prefieres, te damos una cita en el despacho.
- Presentación de tu solicitud de residencia y la de tu familia.
- Seguimiento del trámite, para una vez se obtengan las autorizaciones, solicitar la cita en Policía con el fin de que sean expedidas las correspondientes tarjetas de Residencia.