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Si eres un ciudadano extracomunitario, familiar de un ciudadano de la Unión Europea o de un Estado parte en el Espacio Económico Europeo, residente en España, puedes tener derecho a obtener la Tarjeta de Residencia de Familiar de la UE.

Este derecho lo tienes si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos de parentesco con el ciudadano de la UE, o de un Estado parte en el Espacio Económico Europeo:

  • Cónyuge, con matrimonio vigente.
  • Pareja de hecho inscrita en un registro público establecido en un Estado miembro de la Unión, o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo, y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción. También puedes solicitarla, aunque la pareja de hecho no se encuentre inscrita, si acreditas la existencia de un vínculo duradero; esto es, si acreditas un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvierais descendencia en común, en cuyo caso bastará que acredites la convivencia. Ten en cuenta que, si alguno de la pareja está casado con otra persona, no es viable que pidas la tarjeta de familiar de la UE.
  • Hijo directo del ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo, o de su cónyuge o pareja registrada, menor de veintiún años, o mayor de dicha edad que viva a su cargo, o incapaz.
  • Ascendiente directo del ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo, o de su cónyuge o pareja registrada que viva a su cargo.
  •  También puedes solicitar la Tarjeta por el simple hecho de ser miembro de la familia, siempre y cuando puedas demostrar fehacientemente que dependías económicamente o convivías con un ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo en tu país de procedencia durante los 24 meses anteriores.
  •  El último supuesto contemplado es que seas un miembro de la familia, y que por motivos graves de salud o de discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo de tu cuidado personal.

Si tú o tu familiar os encontráis en unos de los supuestos anteriores, en Gestrámites, despacho de abogados expertos en la tramitación de autorizaciones de residencia, y particularmente, de Tarjetas de Familiares de Ciudadanos UE en España, te asesoramos y efectuamos todos los trámites, sin necesidad de que te desplaces a ningún sitio, salvo el día de la cita en la Oficina de Extranjería. Nuestro servicio comprende:

  • Asesoramiento legal para garantizar que cumples con todos los requisitos legales exigidos. Te resolvemos cualquier duda sobre la documentación que necesitas.
  • Preparación y revisión de toda la documentación requerida, la cual puedes remitir a nuestro despacho vía web, correo electrónico, correo postal, o entregada personalmente. También ponemos a disposición de nuestros clientes el servicio de recogida de documentos, si lo desean y sin costo adicional, en el territorio nacional.
  • Solicitud de cita en la Oficina de Extranjería del domicilio del solicitante.
  • Subsanación de requerimientos efectuados por Extranjería.
  • Seguimiento del trámite, para que una vez salga resuelto favorable, solicitar la cita en Policía con el fin de que le sea expedida la correspondiente Tarjeta.