
Nacionalidad española por residencia
Valida tu trayectoria en España y obtén la nacionalidad por residencia con un proceso bien planificado y sin sobresaltos.
Para quien:
Para personas extranjeras que ya residen legalmente en España y cumplen el tiempo de residencia continuada exigido por el Código Civil (art. 22). De forma orientativa:
- 10 años con carácter general.
- 5 años para personas refugiadas.
- 2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y para personas de origen sefardí.
- 1 año, entre otros supuestos, para quien: nació en España; está casado/a con español/a (un año y no separado/a); es viudo/a de español/a; o es hijo/a o nieto/a de español de origen.
Nota: Además del tiempo, se exige buena conducta cívica y, por regla general, superar CCSE y DELE A2 (con exenciones según el caso, por ejemplo nacionales de países donde el español es lengua oficial suelen estar exentos de DELE).
Qué hacemos por ti:
- Diagnóstico de viabilidad (tiempos, ausencias, antecedentes, exámenes y exenciones).
- Plan documental: te indicamos exactamente qué aportar y en qué formato (legalizaciones/apostillas y traducciones juradas, si procede).
- Gestión de exámenes (CCSE/DELE): matrícula, recordatorios y preparación documental.
- Presentación telemática completa ante el Ministerio de Justicia; seguimiento y respuesta a requerimientos.
- Cierre del expediente: cita para juramento o promesa en Registro Civil y coordinación posterior para DNI y pasaporte.
- Acompañamiento integral: un gestor de tu caso y calendario de hitos para que sepas en qué punto estás.
Documentación clave:
- Pasaporte vigente (completo, todas las páginas).
- Certificado(s) de antecedentes penales del país de origen y, en su caso, de países donde se haya residido.
- Certificado literal de nacimiento.
- Pago de la tasa administrativa de nacionalidad (modelo vigente).
- Según el caso: certificados de residencia y empadronamiento, certificados de matrimonio/nacimiento para supuestos de 1 año, títulos y certificados CCSE/DELE, y legalizaciones/apostillas y traducciones juradas.
Plazos:
- ️Variables; te damos un rango realista tras revisar tu caso.
Escríbenos por WhatsApp (respuesta < 30 min).
Te confirmamos la vía adecuada (residencia, opción, carta de naturaleza, etc.), el plazo realista y el checklist exacto para presentar sin errores.
FAQs:
¿Tengo que hacer siempre CCSE y DELE A2?
CCSE suele ser obligatorio; DELE A2 es obligatorio salvo exentos (p. ej., nacionales de países donde el español es lengua oficial). Te confirmamos tu caso y gestionamos la matrícula.
¿Puedo tener doble nacionalidad?
Depende de tu nacionalidad actual y de tratados con España. Te indicamos si puedes conservar tu nacionalidad de origen.
¿Cómo afectan los antecedentes penales?
Pueden impactar en la buena conducta cívica. Evaluamos tu situación y preparamos alegaciones cuando procede.
¿Las ausencias de España cuentan?
Sí, pueden afectar la continuidad. Revisamos tu historial de entradas/salidas y te damos una estrategia segura.
¿Cuánto tarda?
El plazo es variable según carga administrativa. Tras revisar tu expediente, te damos un horizonte realista y haremos seguimiento activo.